Se modifica el Real Decreto 1851/2009 que contempla la jubilación anticipada de los trabajadores con discapacidad


Se ha conseguido dar un paso importante para el colectivo de personas afectadas por la polio. Esta ha sido una lucha por parte de la FEAPET y el CERMI, desde que apareciera el RD 1851/2009 en su día. Ahora se ha añadido en el apartado f) «secuelas de polio», donde antes sólo aparecía «síndrome postpolio», que sabemos que todavía en muchos lugares de nuestra geografía es difícil que los médicos diagnostiquen dicho síndrome.

Desde aquí quiero felicitar a ambos organismos y a cada una de las personas comprometidas en esta lucha. Ahora toca seguir trabajando en la modificación del RD, en relación al 45% de discapacidad certificado quince años atrás, cuando sabemos que en la mayoría de los casos, los Centros Base de Valoración certificaron un 33% en la valoración de discapacidad, de manera generalizada.

A continuación, paso a copiar, literalmente, la noticia recogida en la página de la FEAPET:

Modificación Real Decreto 1851/2009

El próximo día 1 de enero de 2012 entra en vigor el Real Decreto 1148/2011, de 29 de Julio (BOE nº 182 de 30 de julio de 2011), este Real Decreto en su Disposición final segunda modifica el Real Decreto 1851/2009 de 4 de diciembre, por el que se desarrolla el artículo 161 bis de la Ley General de la Seguridad Social en cuanto a la anticipación de la jubilación de los trabajadores con discapacidad en grado igual o superior al 45 por ciento.

Modifica la letra f) del artículo 2 del Real Decreto 1851/2009, de 4 de diciembre, por el que se desarrolla el artículo 161 bis de la Ley General de la Seguridad Social en cuanto a la anticipación de la jubilación de los trabajadores con discapacidad en grado igual o superior al 45 por ciento, que queda redactado en los siguientes términos:

«f) Secuelas de polio o síndrome postpolio.»

Antes

f) Síndrome postpolio

Esperamos que con esta modificación, no tengamos tantos problemas a la hora de conseguir la Jubilación

BOE nº 180 de 30 de julio de 2011

Publicado 30 de Julio de 2011 a las 09:00

Leído en FEAPET (Federación Española de Asociaciones de Polio y sus Efectos Tardíos).

Esta noticia ha sido recogida en el diario digital Eleconomista.es: Las secuelas de la polio, reconocidas como discapacidad que da lugar a jubilación anticipada.

Nota Aclaratoria sobre el Real Decreto 1148/2011

Según hemos podido ver en el Real Decreto 1148/2011 de 30 de julio (BOE nº 182 de 30 de julio de 2011), la entrada en vigor de dicho Real Decreto ha sido el 1 de enero de 2011, según dice en la Disposición Final Sexta, y no la que hemos puesto en nuestra noticia.

En los próximos días, haremos las consultas adecuadas, ya que normalmente la entrada en vigor de un Real Decreto suele ser a partir del día siguiente o con fechas posteriores de su publicación.

Leído en la FEAPET.

8 respuestas

  1. Muchas felicidades a todas las personas que puedan aprovechar y adelantar la merecida jubilación.
    Y gracias a vosotros por mantenernos informados, a ver si se van consiguiendo más cosas.

    • Con el apoyo y el esfuerzo de todos, podremos ir consiguiendo, poco a poco, que se nos reconozcan nuestros derechos y un aumento en nuestra calidad de vida.

      ¡Hoy estamos de enhorabuena! (pero sin bajar la guardia 😉

      Un abrazo

  2. Gracias, muchísimas gracias por vuestro trabajo. Un abrazo de R.M.G

  3. Esta bien esta modificación, pero sabeis que significa, para las personas que han luchado por la valoración del sindrome pospolio. Pues que ahora tienen la barrera de los 15 años y normalmente tienen 53-54.55-56-57-58,.. y eso les supone , que no llegaran a esoa 15 años de la evaluación del 45%, hasta que tengan 65 o 66 años. Vamos lo considero una barrera arquitectonica más. Yo me encuentro en ese caso y teniendo un 65% de discapacidad y 57 años

    • Hola estoy de acuerdo contu comentario.Hay algun movimiento referente al Decreto de 15 años cotizados y 45% yo me encuentro en esta situacion un saludo victoriano

    • Hola Emilio en tu comentario que haces estoy de acurdo referente alos 15 años cotizados con 45% sabes si hay al gun cambio gracias un saludo victoriano andugarlopez@gmail.com

  4. Me olvidaba, en la primera valoración hace 25 años, me calificaron un 16%, hace 18 años un 33%, y hace 5 años un 46%, ahora un 65%. Y siempre he tenido lo mismo polio en extremidad inferior de nacimiento, A que jugaban los medicos de valoración , al bingo. Muy poca seriedad por parte de ellos. Como no lo padecen

  5. como me encontraria yo con una discapacidad del 55% es hempiaresia de nacimiento producida por sufrimiento fetal en la minusvalia pone que es tambien producido por paralisis cerebral , me quedan algunos años aun , pero me interesa ya el tema , podría acogerme???

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